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El heredero okupa también existe... el hermano/a que se atrinchera en la casa y bloquea la herencia

En los tiempos que corren, en los que las dificultades de acceso a la vivienda constituyen uno de los principales problemas sociales, términos como okupa o inquiokupa forman parte de nuestra cotidianeidad. Y existe una figura más, que puede ser un verdadero quebradero de cabeza: el heredero okupa. ¿Qué pueden hacer el resto de herederos ante el hermano atrincherado en la casa heredada?

Si hablamos de okupación de una vivienda, lo que  primero nos viene a la cabeza es la imagen de personas externas que a la fuerza entran en una casa y se quedan a vivir en ella sin tener ningún derecho respecto de ese inmueble, con los graves perjuicios que causa ese hecho al propietario. Cada vez más, sumanos a esa idea otra: la de una persona o una familia que tiene alquilada una vivienda y, por los motivos que sea, deja de pagar a su casero, son los llamados inquiokupas.

Los elevados precios de la vivienda hacen, hoy por hoy, muy muy difícil, especialmente para los jóvenes, adquirir un piso. Y, del mismo  modo, el acelerado incremento de los precios del alquiler está abocando a los ciudadanos a compartir pisos y reducir "su vivienda" a un mera habitación en un piso compartido.  Una situación del todo injusta que no parece que vaya a solucionarse por ahora.

En este complicado panorama conviven propietarios que no pueden usar sus viviendas o rentabilizarlas y otras personas que no encuentran salida y (normalmente por necesidad aunque no podemos obviar que haya casos de “caradurismo”) se buscan un techo donde vivir, como sea.

¿Pero qué pasa cuándo ese okupa es su hermano o hermana y la vivienda okupada es la que han heredado ustedes de sus padres fallecidos?

Es un  fenómeno creciente: el heredero okupa. Uno de los herederos (normalmente un hermano/a), que ya vivía en la casa de los padres, se hace fuerte en ella y se niega a abandonarla y sigue viviendo en ella, bloqueando la herencia y, por tanto, que se hagan efectivos los derechos que tienen el resto de herederos sobre ese inmueble u otros integrantes de la herencia.

Los motivos pueden ser en muchos casos los mismos que llevan a una persona externa a okupar una casa o a permanecer en ella sin pagar el correspondiente alquiler: no tener otro lugar donde ir y encontrarse en  una situación económica precaria.

Además, en el caso del heredero okupa suele darse otra circunstancia. En bastantes casos, la persona que se queda en la casa, ya vivía anteriormente en ella y suele alegar que fue la o el principal ciudador de los padres, arrogándose un “ganado derecho” a seguir residiendo en esa casa en compensación o asegurando que los progenitores le habían autorizado a vivir allí cuando ellos faltaran.

Sin embargo, si eso no está recogido en el testamento o no existe ninguna prueba documental que lo acredite… pues estará okupando ilegalmente la vivienda aunque una parte vaya a ser suya.

Sin duda ligado al problema actual de la vivienda, los abogados están detectando un auge de este tipo de casos.

Y, como siempre, si usted se encuentra en esta situación, le recomendamos que acuda a un abogado de familia, que le guiará en la resolución del caso y el desbloqueo de la herencia.

 

¿Qué pueden hacer el resto de herederos ante el heredero okupa?

Si un heredero ocupa una vivienda heredada sin el consentimiento de los demás, se considera una ocupación en precario, lo que permite a los otros herederos solicitar el desahucio por precario para desalojarlo, incluso antes de la partición de la herencia. La vivienda no es suya por completo y no puede bloquear el derecho de los otros propietarios.

Sin embargo, antes de echar toda la leña al fuego, siendo hermanos lo mejor será un primer intento de solución “por las buenas” sin olvidar que precisamente esas circunstancias familiares llevan a veces a dejar pasar el tema y que la situación se eternice, lo que no es bueno para ninguna de las partes.

Así pues, si la búsqueda de una solución que convenga a todos (por ejemplo el pago de un alquiler por utilizar exclusivamente la vivienda, fracasa habrá que pedir el desahucio.

En el desahucio por precario se solicita al juez que ordene al heredero que salga de la vivienda cuanto antes. Se lleva a cabo un juicio verbal (más rápido que un juicio ordinario) y tras la vista el juez dicta sentencia. Y si el heredero okupa sigue sin acatar (y no ha recurrido) en 20 días habíles se puede ordenar su desalojo forzoso.

No hay que olvidar tampoco que, como en otros desahucios, si la persona está en una situación de vulnerabilidad (si tiene una discapacidad o hijos menores, por ejemplo), el tema se complica y podría fallarse que puede seguir allí aunque sea temporalmente.

Y tampoco hay que olvidar que el normalmente el heredero okupa, además de usar exclusivamente una vivienda que no le pertenece, intenta alargar ese limbo en el que se encuentra y que sólo le beneficia a él, bloqueando la adjudicación de la herencia. Por ello, se suele solicitar al  mismo tiempo la adjudicación de la herencia.

 

¿Qué ocurre si la herencia ya está repartida formalmente pero el heredero okupa sigue en la vivienda que no es exclusivamente suya?

Ahora lo que existe ya es una copropiedad del inmueble y en estos casos, si hay herencia adjudicada, se puede iniciar un procedimiento judicial de división de cosa común y pedir la venta judicial del inmueble.

Como se puede comprobar, no son situaciones fáciles y cada caso tendrá sus particularidades por lo que es muy importante ponerse en manos de un abogado de familia. Y quizás un buen consejo es que el testamento sea absolutamente claro y si es posible optar por el reparto de bienes a cada heredero con titularidad exclusiva, más que repartirlo todo entre todos… sin duda se evitan estos desagradables problemas

 

 

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